Es Ley
Travestis: las llamarán en femenino
La norma fue aprobada por la Legislatura porteña. Exige respetar la identidad de género. Regirá para todas las administraciones públicas de la ciudad.
El respeto por la identidad de género es fundamental para que las travestis no sean maltratadas cuando tienen que hacer trámites administrativos o concurrir, por ejemplo, a un hospital.
La Legislatura porteña aprobó el jueves a la noche una ley para garantizar el derecho de las personas al uso del nombre correspondiente a la identidad de género, en todas las instancias de la administración pública de la ciudad de Buenos Aires.
"Esta ley transforma en un derecho exigible para todas las travestis de todas la áreas administrativas, lo que hasta ahora resultaba un privilegio inalcanzable", dijo la autora de la iniciativa Diana Maffía. La legisladora recordó que este el proyecto tiene como antecedente una resolución que elaboró como Defensora Adjunta del Gobierno de la Ciudad, que dio lugar a sendos decretos del Poder Ejecutivo para las áreas de Educación y Salud, y en un decreto del Vicepresidente primero Diego Santilli.
El respeto por la identidad de género es una de las principales revindicaciones que tienen las travestis, que suelen ser humilladas cuando concurren a un servicio de salud o una mesa electoral , por ejemplo, y se las llama en masculino. De hecho, no es casual que la nueva ley haya sido una iniciativa de una de las asesoras de la Legislatura en Derechos Humanos, la activista travesti Lohana Berkins, quien fue aplaudida al final de la sesión por diputados y diputadas de todos los bloques.
"Sin duda alguna, para las travestis, transexuales y transgéneros este es un escalón más para lograr la plena ciudadanía y correr los márgenes para que la diversidad sexual sea real", afirmó Berkins. "Esto va a ser un gran avance en nuestra vida cotidiana, poder acceder a nuestro pleno desarrollo y a la efectiva participación en la vida política, económica y social de la comunidad, sin que se violente nuestra identidad", dijo.
La ley ordena respetar la identidad de género adoptada por travestis y transexuales y, a su solo requerimiento, el nombre adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión administrativa en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ante la sola solicitud del interesado o interesada, el nombre adoptado deberá ser consignado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión administrativa tanto en la Legislatura porteña, como en las dependencias de la Administración Pública Central local, entes descentralizados, entidades autárquicas.
Así como también en Empresas y Sociedades del Estado y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde la Ciudad tenga participación y la norma incluye a todos los empleados/as de dichas dependencias del Estado porteño.
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